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UNA RESERVA ECOLÓGICA PARA TRES CICLOMOTORES ESPAÑOLES EN RIESGO DE EXTINCIÓN

lunes, 29 de noviembre de 2010

¿TIENE PAPELES?

Es la primera pregunta que solemos formular cuando vemos un Vespino a la venta, al igual que con cualquier otro vehículo. Pero con los ciclomotores no es lo mismo, pues recordemos que desde la entrada en vigor del actual Reglamento de Vehículos, los ciclomotores que no se matricularon en los plazos señalados no existen desde el punto de vista administrativo, y para colmo no cumplen la legislación actual en materia de homologación de vehículos como para ser matriculados como nuevos por vía ordinaria.

¿Está matriculado...? Esta es en realidad la primera pregunta que hay que formular.  Un ciclomotor matriculado en la Jefatura de Tráfico puede ser objeto de transferencia, si está en circulación (en este caso sí que es procedente preguntar por los papeles), o de rehabilitación si está de baja definitiva. Ambos trámites son sencillos y su coste económico no es desorbitado.

Pero si de lo que hablamos es de un Vespino que no está  matricualdo en la Jefatura de Tráfico, la cosa se complica. Con la ley en la mano, tenemos un ciclomotor del que no hay constancia administrativa de que estuviera en circulación con anterioridad a la entrada en vigor de Reglamento de Vehículos y, que de haberla, no se acogió a los plazos de matriculación específicamente estipulados... ¡hace 10 años! Y para complicarlo aún más, no está homologado según las actuales normas.

Habitualmente en los portales de anuncios se ofrecen Vespinos sin matrícula pero con papeles o con su documentación original de la época. E incluso en algunos se añade fácil de matricular. Nada menos cierto, si de lo que hablamos es de matriculaciones ordinarias. Un Vespino que nunca ha estado matriculado, ni por su ayuntamiento ni por la correspondiente Jefatura de Tráfico, no puede ponerse en circulación legalmente si no es mediante una matriculación histórica, independientemente de que se conserve su documentación original o no. Y una matriculación histórica no tiene nada ni de sencilla ni de económica.

En el caso de que estuviera matriculado por su ayuntamiento pero no por la Jefatura de Tráfico a la entrada en vigor del vigente Reglamento de Vehículos, y con la ley en la mano, tampoco podría matricularse por otra vía que no fuera la matriculación histórica. Y no porque nos lo impidan en la Jefatura de Tráfico, sino porque habría que pasar una ITV previa para elaborar una Tarjeta de Inspección Técnica, imprescindible para la matriculación, y que en muchas estaciones se nos negará por no cumplir el Vespino las actuales normas de homologación. Sin embargo, con buena voluntad, en algunas estaciones de ITV (casi ninguna desde el comienzo del 2013), amparándose en la Disposición transitoria primera del propio Reglamento,



y acreditando documentalmente que el Vespino estaba en circulación antes de la entrada en vigor del Reglamento de Vehículos (mediante un certificado del correspondiente ayuntamiento de que dicho Vespino tributó con anterioridad a esa fecha), podemos optar a una matriculación ordinaria. Generalmente se nos exigirá además que presentemos la documentación original de nuestro Vespino, el Certificado de Características de Ciclomotor, puesto que la Tarjeta de Inspección Técnica se nos expedirá como duplicado del mismo.